Municipio
Pozuelo aprueba las Ordenanzas Municipales de 2009
17 de Octubre de 2008. 10:45
- Nota de Prensa Aytyo Pozuelo
La sesión plenaria celebrada esta mañana en el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón ha aprobado las Ordenanzas Municipales para 2009.
Las principales novedades están relacionadas con el sistema de bonificaciones que a continuación se detallan:
Las principales novedades están relacionadas con el sistema de bonificaciones
Para más información, puede ponerse en contacto con la concejalía de Hacienda en el 91.452.27.04 / 2705 o a través del correo recaudacion@pozuelodealarcon.org
La sesión plenaria celebrada esta mañana en el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón ha aprobado las Ordenanzas Municipales para 2009.
Las principales novedades están relacionadas con el sistema de bonificaciones que a continuación se detallan:
1-En primer lugar, ya no será necesario solicitar todos los años la bonificación en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles por familia numerosa siempre que se mantengan las condiciones que motivaron su concesión. En caso de variación de las mismas deberá ponerse en conocimiento del Ayuntamiento en el plazo de un mes desde que se produjera la citada variación.
2-En segundo lugar, y con el fin de beneficiar a aquellos contribuyentes que cumplen voluntariamente con sus obligaciones fiscales, desde el 1 de enero de 2009 las bonificaciones en los diferentes tributos se condicionarán a que el contribuyente no presente deudas tributarias en fase ejecutiva. Así, y por poner un ejemplo, un contribuyente que tenga algún recibo de su vehículo en ejecutiva, no podrá beneficiarse de bonificaciones como son la de familia numerosa o la de domiciliación y fraccionamiento del pago, en el IBI.
De esta forma, para la aplicación de las bonificaciones que a continuación se señalan, será necesario que el interesado se encuentre al corriente de pago de todas sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón en las siguientes fechas:
1- En el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI): 1 de enero de 2009.
·Por familia numerosa.
·En viviendas con sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.
·Por fraccionamiento y domiciliación (Sistema Especial de Pago). Esta bonificación se limita a un máximo de 120 al año.
2- En el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM): 1 de enero de 2009.
·Vehículos históricos.
·En función del carburante que consuman.
3- En el impuesto sobre actividades económica (IAE): 1 de enero de 2009.
·Por creación de empleo.
4- En el impuesto sobre construcciones instalaciones y obras (ICIO): en el momento del devengo de la cuota.
·Obras que mejoren el acceso y habitabilidad a discapacitados.
·Obras declaradas de interés o utilidad municipal.
5-En el impuesto sobre incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (PV): en el momento de la solicitud.
·Por defunción.
Para cualquier duda que pueda tener en relación con el pago de sus obligaciones tributarias puede ponerse en contacto con la Concejalía de Hacienda en los siguientes teléfonos 91.452.27.04 / 2705 o a la dirección de correo electrónico recaudacion@pozuelodealarcon.org.
Para más información puede dirigirse al área de Hacienda de la web del Ayuntamiento: www.pozuelodealarcon.es y en el 010.
Para más información, puede ponerse en contacto con la concejalía de Hacienda en el 91.452.27.04 / 2705 o a través del correo recaudacion@pozuelodealarcon.org
La sesión plenaria celebrada esta mañana en el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón ha aprobado las Ordenanzas Municipales para 2009.
Las principales novedades están relacionadas con el sistema de bonificaciones que a continuación se detallan:
1-En primer lugar, ya no será necesario solicitar todos los años la bonificación en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles por familia numerosa siempre que se mantengan las condiciones que motivaron su concesión. En caso de variación de las mismas deberá ponerse en conocimiento del Ayuntamiento en el plazo de un mes desde que se produjera la citada variación.
2-En segundo lugar, y con el fin de beneficiar a aquellos contribuyentes que cumplen voluntariamente con sus obligaciones fiscales, desde el 1 de enero de 2009 las bonificaciones en los diferentes tributos se condicionarán a que el contribuyente no presente deudas tributarias en fase ejecutiva. Así, y por poner un ejemplo, un contribuyente que tenga algún recibo de su vehículo en ejecutiva, no podrá beneficiarse de bonificaciones como son la de familia numerosa o la de domiciliación y fraccionamiento del pago, en el IBI.
De esta forma, para la aplicación de las bonificaciones que a continuación se señalan, será necesario que el interesado se encuentre al corriente de pago de todas sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón en las siguientes fechas:
1- En el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI): 1 de enero de 2009.
·Por familia numerosa.
·En viviendas con sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.
·Por fraccionamiento y domiciliación (Sistema Especial de Pago). Esta bonificación se limita a un máximo de 120 al año.
2- En el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM): 1 de enero de 2009.
·Vehículos históricos.
·En función del carburante que consuman.
3- En el impuesto sobre actividades económica (IAE): 1 de enero de 2009.
·Por creación de empleo.
4- En el impuesto sobre construcciones instalaciones y obras (ICIO): en el momento del devengo de la cuota.
·Obras que mejoren el acceso y habitabilidad a discapacitados.
·Obras declaradas de interés o utilidad municipal.
5-En el impuesto sobre incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (PV): en el momento de la solicitud.
·Por defunción.
Para cualquier duda que pueda tener en relación con el pago de sus obligaciones tributarias puede ponerse en contacto con la Concejalía de Hacienda en los siguientes teléfonos 91.452.27.04 / 2705 o a la dirección de correo electrónico recaudacion@pozuelodealarcon.org.
Para más información puede dirigirse al área de Hacienda de la web del Ayuntamiento: www.pozuelodealarcon.es y en el 010.
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