Educación y Cultura

Plazo para solicitar ayudas sociales para Escuelas Infantiles privadas del municipio

15 de Septiembre de 2009. 15:33 - Nota de Prensa Ayto Pozuelo
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Con el propósito de apoyar a las familias del municipio en la conciliación familiar y laboral, la concejalía de Familia y Asuntos Sociales realiza la segunda convocatoria para solicitar ayudas sociales para las Escuelas Infantiles privadas del municipio desde el martes 1 al miércoles 30 de septiembre.
Con el propósito de apoyar a las familias del municipio en la conciliación familiar y laboral, la concejalía de Familia y Asuntos Sociales realiza la segunda convocatoria para solicitar ayudas sociales para las Escuelas Infantiles privadas del municipio desde el martes 1 al miércoles 30 de septiembre. Para ello es necesario concertar cita previa con una trabajadora social de la concejalía de Familia y Asuntos Sociales y entrega de documentación acreditativa (Avda. Europa, 19. Edificio 1. Planta Baja. Teléfono: 91 398 40 00). Las solicitudes se valorarán según baremo establecido.

Es requisito necesario aportar fotocopia y original de la siguiente documentación: solicitud de plaza en Escuela Infantil Pública para el curso 2009/2010 y documento acreditativo de haber solicitado beca de la Comunidad de Madrid para Escuela Infantil Privada. Declaración firmada por el solicitante de no recibir de otro Organismo Público una ayuda por este concepto o documento que acredite la cuantía concedida por otro organismo en el mismo concepto. Certificado de la Escuela Infantil donde esté escolarizado con el nombre del niño/a, el primer día de escolarización, curso, coste mensual y horario. DNI, NIE o pasaporte de todos los miembros de la unidad familiar. Libro de familia (o en su defecto partida de nacimiento). Volante de empadronamiento familiar. Justificante de ingresos de todos los mayores de edad (fotocopia de las seis últimas nóminas; declaración jurada del empleador; y declaración de la renta en caso de ser autónomo). Justificante de gastos de vivienda (tres últimos recibos de la hipoteca o del alquiler) y en caso de viviendas compartidas (habitación) declaración jurada del propietario de la vivienda o del titular del contrato de alquiler en el que conste la cantidad abonada en este concepto.

Por último, ante las siguientes situaciones específicas hay que presentar la documentación acreditativa de la misma: familia numerosa, separación o divorcio, minusvalías o situación de dependencia, tener hijos mayores de edad, tener algún menor en acogimiento o un mayor a cargo, y situación de violencia de género.

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