Política
Pedreira levanta la imputación de la exconcejala del PP, Yolanda Estrada
27 de Enero de 2011. 13:39
El juez del TSJM, Antonio Pedreira ha decidido levantar la imputación de Yolanda Estrada en el caso Gurtel. La ex concejala fue imputada por los presuntos delitos de prevaricación y cohecho. En el auto dictado, el juez argumenta el sobreseimiento provisional al considerar que no existen indicios de delito.
El juez del TSJM, Antonio Pedreira ha decidido levantar la imputación de Yolanda Estrada en el caso Gurtel. La ex concejala fue imputada por los presuntos delitos de prevaricación y cohecho. En el auto dictado, el juez argumenta el sobreseimiento provisional al considerar que no existen indicios de delito.
En una de las declaraciones, Felisa Jordán, administradora de una de las empresas de Correa, manifestó que Pablo Crespo le remitió a Yolanda Estrada, porque ella "le atendería muy bien". Para el juez, éste hecho no es constitutivo de delito. De igual manera, tampoco considera que lo sea el reunirse con ésta para la presentación de un proyecto: "El hecho de asistir a una reunión para la presentación de un proyecto postulado por Felisa Jordán, no realizándose por Yolanda Estrada ningún encargo, ni ningún contrato en su condición de concejal, no conduce a tipificar una conducta como delictiva".
Acerca del delito de prevaricación, por la suscripción de facturas de comunicación y compra de mobiliario a las empresas de la trama, la defensa de Estrada, argumenta: "los encargos siempre eran realizados por el Gabinete de Comunicación, pues esa era su función, sin que el Concejal, en el caso que nos ocupa Dª Yolanda Estrada, decidiese la empresa a la que se realizaba el encargo, ni tuviese contacto alguno con la misma"
Sobre los regalos percibidos, argumentan Los únicos regalos percibidos por Da Yolanda Estrada de las empresas objeto de investigación, tal y como exhibió ante el Ilmo. Instructor al que me dirijo, fueron detalles recibidos en tres navidades distintas: unos turrones, un albornoz y una ensaladera metálica (de metal no precioso). Regalos que fueron realizados a docenas de personas del Ayuntamiento, incluyendo personal administrativo, y cuyo valor económico es absolutamente irrelevante"
La defensa sostiene además que el testimonio anónimo nunca puede servir de prueba, afirmación que acepta el tribunal: "No puede atribuirse eficacia a los anónimos obrantes en autos, ya que no enervan la presunción de inocencia, ni tampoco pueden atribuírsele eficacia procesal suficiente para que Dª Yolanda Estrada Madrid continúe como imputada en este procedimiento"
Aunque la defensa pedía el sobreseímiento libre, el magistrado ha otorgado el provisional, que se puede recurrir, y "sin perjuicio del asunto del Arroyo de las Cárcavas para el que es competente el Juzgado de Instrucción nº 3 de Pozuelo de Alarcón" una obra en la que su presupuesto se incrementó en un 80%, de 4 a 9 millones de euros.
Yolanda Estrada renunció a sus cargos de concejal de Presidencia y Mujer del Ayuntamiento de Pozuelo en el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, desde el momento que se conoció su imputación el pasado mes de enero.
En una de las declaraciones, Felisa Jordán, administradora de una de las empresas de Correa, manifestó que Pablo Crespo le remitió a Yolanda Estrada, porque ella "le atendería muy bien". Para el juez, éste hecho no es constitutivo de delito. De igual manera, tampoco considera que lo sea el reunirse con ésta para la presentación de un proyecto: "El hecho de asistir a una reunión para la presentación de un proyecto postulado por Felisa Jordán, no realizándose por Yolanda Estrada ningún encargo, ni ningún contrato en su condición de concejal, no conduce a tipificar una conducta como delictiva".
Acerca del delito de prevaricación, por la suscripción de facturas de comunicación y compra de mobiliario a las empresas de la trama, la defensa de Estrada, argumenta: "los encargos siempre eran realizados por el Gabinete de Comunicación, pues esa era su función, sin que el Concejal, en el caso que nos ocupa Dª Yolanda Estrada, decidiese la empresa a la que se realizaba el encargo, ni tuviese contacto alguno con la misma"
Sobre los regalos percibidos, argumentan Los únicos regalos percibidos por Da Yolanda Estrada de las empresas objeto de investigación, tal y como exhibió ante el Ilmo. Instructor al que me dirijo, fueron detalles recibidos en tres navidades distintas: unos turrones, un albornoz y una ensaladera metálica (de metal no precioso). Regalos que fueron realizados a docenas de personas del Ayuntamiento, incluyendo personal administrativo, y cuyo valor económico es absolutamente irrelevante"
La defensa sostiene además que el testimonio anónimo nunca puede servir de prueba, afirmación que acepta el tribunal: "No puede atribuirse eficacia a los anónimos obrantes en autos, ya que no enervan la presunción de inocencia, ni tampoco pueden atribuírsele eficacia procesal suficiente para que Dª Yolanda Estrada Madrid continúe como imputada en este procedimiento"
Aunque la defensa pedía el sobreseímiento libre, el magistrado ha otorgado el provisional, que se puede recurrir, y "sin perjuicio del asunto del Arroyo de las Cárcavas para el que es competente el Juzgado de Instrucción nº 3 de Pozuelo de Alarcón" una obra en la que su presupuesto se incrementó en un 80%, de 4 a 9 millones de euros.
Yolanda Estrada renunció a sus cargos de concejal de Presidencia y Mujer del Ayuntamiento de Pozuelo en el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, desde el momento que se conoció su imputación el pasado mes de enero.
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