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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 23 de Madrid ordena al Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón que desmantele la plaza de toros y un aparcamiento en superficie por no acomodarse a los usos permitidos en la zona verde donde se ubican.

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14 de Diciembre de 2006. 13:02 - Noticias de los usuarios
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La sentencia ha sido dictada el pasado 8 de noviembre y es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Tiene su origen en un recurso presentado por un vecino de la Urbanización Fuente de la Salud al entender que las citadas instalaciones constituyen un claro obstáculo a las actividades de esparcimiento de los ciudadanos y porque el Ayuntamiento no puede establecer usos ni utilizaciones que impliquen la transformación de una zona verde.
La sentencia ha sido dictada el pasado 8 de noviembre y es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Tiene su origen en un recurso presentado por un vecino de la Urbanización Fuente de la Salud al entender que las citadas instalaciones constituyen un claro obstáculo a las actividades de esparcimiento de los ciudadanos y porque el Ayuntamiento no puede establecer usos ni utilizaciones que impliquen la transformación de una zona verde.

El fallo judicial se funda en el informe emitido en fecha 30 de mayo de 2006 por los Técnicos Municipales y, tras señalar que “es la Administración demandada la que está actuando en contra de sus propios Planes Generales de Ordenación Urbana”, recuerda al Ayuntamiento “la obligación de adoptar todas las medidas necesarias para restablecer el orden urbanístico impidiendo los actos que sean contrarios a la normativa aplicable”.

Un antiguo y largo contencioso.

La sentencia del Juzgado 23, según manifiesta el vecino recurrente, es un peldaño más en el contencioso que desde hace doce años mantiene con el Ayuntamiento a causa de las actividades y espectáculos ruidosos que el Consistorio viene organizando en dicha zona verde, en la que se sitúan otras instalaciones -Anfiteatro y Toriles- también condenados a la demolición por sentencia de 22 de septiembre de 2001 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que es firme y está en fase de ejecución forzosa.

Manifiesta asimismo este vecino, que ha acudido a la vía judicial tras de años de quejas y reclamaciones en relación con la contaminación acústica producida por los espectáculos que se desarrollan en dichas instalaciones. El Ayuntamiento nunca le ha contestado y nunca ha querido hacer las mediciones de ruido que le fueron pedidas. A causa de ello dicho vecino planteó dos nuevos recursos que fueron resueltos por los Juzgados de lo Contencioso números 5 y 26 de Madrid en sentencias de 14 de noviembre de 2005 y 4 de octubre de 2006, en las que se condena al Ayuntamiento a medir los ruidos y a suspender los espectáculos en caso de que los mismos superen los límites establecidos.

Vecinos hartos por los ruidos.

Las instalaciones objeto de litigio se encuentran en un entorno densamente habitado y son utilizadas por el Ayuntamiento como “Recinto Ferial”. Allí se desarrollan el grueso de las actividades y espectáculos que el consistorio promueve a lo largo del año: fiestas patronales, festejos taurinos, conciertos al aire libre, ferias varias (del toro y del caballo, del marisco), etc., etc.

Los vecinos están hartos con los ruidos, hasta el punto de que algunos desde hace años optan por irse de “vacaciones” o de “viaje”. El hartazgo alcanzó su máxima expresión el pasado mes de septiembre con ocasión de las fiestas patronales. Los vecinos decidieron organizarse y crear una Asociación (“POZUELO POR LA CALIDAD DE VIDA Y CONTRA EL RUIDO:POZCAVIR) para canalizar sus reclamaciones De momento se han dirigido en masa al Ayuntamiento solicitando el traslado del recinto ferial a un lugar alejado de zonas residenciales y han planteado quejas ante el Defensor del Pueblo y ante la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

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