Política
El juez Gürtel avala las escuchas que realizó Garzón a los abogados defensores
28 de Enero de 2010. 12:44
El magistrado Pedreira ha rechazado el recurso interpuesto por los abogados defensores de Francisco Correa y Antoine Sánchez, en el que solicitaban la "anulación" de las resoluciones dictadas por Garzón, por haber realizado escuchas en las comunicaciones entre acusados y abogados.
El juez del TSJM considera que las escuchas eran legítimas, necesarias y proporcionadas, ya que a través de ellas podrían estar cometiéndose delitos de blanqueo de capitales. En una de las conversaciones, Pablo Crespo habla con su abogado de sacar el dinero de Suiza antes de que sea bloqueado.
El magistrado Pedreira ha rechazado el recurso interpuesto por los abogados defensores de Francisco Correa y Antoine Sánchez, en el que solicitaban la "anulación" de las resoluciones dictadas por Garzón, por haber realizado escuchas en las comunicaciones entre acusados y abogados.
Los abogados defensores de 65 imputados, se basan en el artículo 51.2 de la LOGP, en el que el único supuesto en el que se permite la intervención de las comunicaciones es en caso de terrorismo: "las comunicaciones de los internos con el abogado defensor [..] y con los procuradores que los representen, se celebrarán en departamentos apropiados y no podrán ser suspendidas o intervenidas salvo por orden de la autoridad judicial y en los supuestos de terrorismo".
El juez del TSJM considera que las escuchas eran legítimas y necesarias y no están apoyadas en el artículo 51.2 de la LOGP, sino en el artículo 579 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: "cuando la intervención de las comunicaciones de un interno tenga por finalidad la investigación de un delito podrá acudirse a la norma del artículo 579 LECr sin que proceda hacer distinción por razón del destinatario -abogado o no- ni de la naturaleza del delito -terrorismo o no-."
Según señala el juez, en los casos intervenidos existían indicios de que, desde los centros penitenciarios, los acusados pudieran estar intentando el desvío de "millones de euros" fuera del alcance de las autoridades españolas. En una de las conversaciones, Pablo Crespo habla con su abogado de sacar el dinero de Suiza antes de que sea bloqueado por la justicia.
Pedreira ha reprendido a los abogados defensores, recordándoles su deber de someterse a la justicia: "La intervención no se adoptó arbitrariamente por el juzgado. El abogado realiza una función esencial en la sociedad. Ahora bien, en todas las épocas y en todos los tiempos, el abogado tenía el deber de respetar la ley. El respeto a la misma es la que conduce a la libertad de defensa. Los abogados tienen derecho a que se respete la libertad de defensa, que aquí fue respetada".
Los abogados defensores de 65 imputados, se basan en el artículo 51.2 de la LOGP, en el que el único supuesto en el que se permite la intervención de las comunicaciones es en caso de terrorismo: "las comunicaciones de los internos con el abogado defensor [..] y con los procuradores que los representen, se celebrarán en departamentos apropiados y no podrán ser suspendidas o intervenidas salvo por orden de la autoridad judicial y en los supuestos de terrorismo".
El juez del TSJM considera que las escuchas eran legítimas y necesarias y no están apoyadas en el artículo 51.2 de la LOGP, sino en el artículo 579 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: "cuando la intervención de las comunicaciones de un interno tenga por finalidad la investigación de un delito podrá acudirse a la norma del artículo 579 LECr sin que proceda hacer distinción por razón del destinatario -abogado o no- ni de la naturaleza del delito -terrorismo o no-."
Según señala el juez, en los casos intervenidos existían indicios de que, desde los centros penitenciarios, los acusados pudieran estar intentando el desvío de "millones de euros" fuera del alcance de las autoridades españolas. En una de las conversaciones, Pablo Crespo habla con su abogado de sacar el dinero de Suiza antes de que sea bloqueado por la justicia.
Pedreira ha reprendido a los abogados defensores, recordándoles su deber de someterse a la justicia: "La intervención no se adoptó arbitrariamente por el juzgado. El abogado realiza una función esencial en la sociedad. Ahora bien, en todas las épocas y en todos los tiempos, el abogado tenía el deber de respetar la ley. El respeto a la misma es la que conduce a la libertad de defensa. Los abogados tienen derecho a que se respete la libertad de defensa, que aquí fue respetada".
Don Quijote: AL SR.ABOGADO CABREADO.
29/01/2010 17:46
No se enfade Vd. Sr.Abogado.
Yo no hablaría de enemigos y de amigos. El Juez ha dictado el dictamen que ha creído justo.
En cuanto a estar o no de acuerdo me parece bien pero la coletilla de "amigos y enemigos" es un tanto genérica .
A raíz de las denuncias interpuestas contra el Juez Garzón lo que de verdad me pregunto si mantiene la opinión de que Garzón tiene muchos amigos y el PP muchos enemigos.
Puedo hacerle un relato exhaustivo de las denuncias que por tierra,mar y aire, han iniciado contra el juez Garzón con ánimo de paralizar y archivar el asunto Gürtel.
Recuerde Vd. la cantidad, y la calidad,de imputados que tiene el PP en este asunto.
Y lo que mas me molesta es el agujero negro dejado en las cuentas de mi ayuntamiento que tendremos que reponer los majarieg@s por una pésima gestión de personajes, en este caso, del PP.
Y si estuviese mandando cualquier otro partido político diría lo mismo o mas.
GOBIERNO DE DON QUIJOTE
UN ABOGADO CABREADO..: GARZÓN
28/01/2010 20:17
No queda más remedio aceptar lo que digan los jueces, pero no por ello estar de acuerdo. En esas conversaciones no se estaba cometiendo ningún delito, sino que se ejercía el derecho a la defensa sobre un presunto delito cometido por la persona detenida. Si como se dice se estaba cometiendo un delito, ¿por qué no están detenidos los abogados?. Si no hay ningún delito en las escuchas, ¿porqué se han utilizado contra los detenitos? Me parece que Garzón tiene muchos amigos... y el PP muchos enemigos.
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