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El Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón abre una nueva convocatoria de ayudas al pago del IBI

29 de Marzo de 2017. 09:49 - Ayuntamiento de Pozuelo
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El Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón ayudará al pago del Impuesto de Bienes Inmuebles de este año a las familias más necesitadas de la ciudad. Se trata de una ayuda económica puntual para el pago total o parcial de este impuesto y que se dirige a personas o familias en situación de necesidad.

El Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón ayudará al pago del Impuesto de Bienes Inmuebles de este año a las familias más necesitadas de la ciudad. Se trata de una ayuda económica puntual para el pago total o parcial de este impuesto y que se dirige a personas o familias en situación de necesidad. El Consistorio abre el plazo de la nueva convocatoria para solicitar este IBI Social del 1 al 30 de abril y se podrá presentar en cualquiera de las tres oficinas de Atención al Ciudadano. 

Así, se beneficiarán aquellas familias cuyos ingresos no superen 2 veces el IPREM anual (14.910,28€) y que además, se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: que carezcan de recursos económicos para cubrir las necesidades básicas, que sean perceptores de la Renta Mínima de Inserción, o de pensiones no contributivas de invalidez o jubilación o que todos los miembros en edad de trabajar se encuentren en situación de desempleo de larga duración. También las familias monoparentales, familias numerosas, familias con algún miembro con discapacidad igual o superior al 33%, y víctimas de violencia de género, podrán solicitar esta prestación. 

La cuantía de la ayuda será de hasta el 100% del importe del recibo del IBI, para aquellos solicitantes cuyos ingresos sean inferiores a 1,5 veces del IPREM (798,77€/ mes), hasta un máximo de 400 euros. Y hasta el 75% del importe del recibo del IBI, para aquellas familias cuyos ingresos se encuentren entre 1,5 y 2 veces el IPREM (798,77€ - 1.065,02 €), también hasta un máximo de 400 euros. 

En las familias donde residan menores, la ayuda se incrementará en un 10% por cada menor. Si la unidad de convivencia tiene alguna persona con una discapacidad igual o mayor del 33 % a su cargo podrá incrementarse en un 10 %. Ambas circunstancias son acumulables en la misma persona.

 

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