Medio Ambiente
Abierto el plazo de presentación de documentación para la reapertura de las Piscinas comunitarias
14 de Mayo de 2010. 18:07
- Nota de Prensa Ayto. Pozuelo
Ante la próxima reapertura de las piscinas comunitarias, la concejalía de Sanidad recuerda que para poder hacerlo, se debe cumplir con lo expuesto en el Decreto 80/1998 (B.O.C.M. 124 de 27 de mayo) que regula las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo. El plazo de presentación de la documentación es desde el próximo 17 de mayo hasta el 17 de junio de 2010 en las dependencias de la concejalía de Sanidad, situadas en la concejalía de Sanidad y Consumo. Camino de Alcorcón, 6.
El plazo de presentación de la documentación es desde el próximo 17 de mayo hasta el 17 de junio de 2010 en las dependencias de la concejalía de Sanidad, situadas en la concejalía de Sanidad y Consumo. Camino de Alcorcón, 6.
Ante la próxima reapertura de las piscinas comunitarias, la concejalía de Sanidad recuerda que para poder hacerlo, se debe cumplir con lo expuesto en el Decreto 80/1998 (B.O.C.M. 124 de 27 de mayo) que regula las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo.
Según lo decretado, es obligatorio que todos los años se presente, en el Ayuntamiento, la documentación necesaria que se expone en esta página, para la reapertura de las piscinas.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA:
- Contrato de socorrista y/o suplente, así como la documentación que les acredite como tales, acorde con lo dispuesto en la Orden 1319/2006 de 27 de Junio de la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad de Madrid. Para ello se deberá presentar el carné oficial homologado o, en su defecto, el certificado de inscripción en el "Registro de Profesionales Sanitarios" de la Agencia Laín Entralgo.
- Contrato del médico y/o D.U.E. si corresponde según la legislación vigente.
- Datos de las Comunidades de vecinos:
C.I.F. o N.I.F. de la Comunidad de vecinos.
Nombre, dirección, teléfono y D.N.I. del presidente de la Comunidad de vecinos.
Nmero de viviendas de la comunidad.
En las comunidades donde no haya un teléfono fijo en el recinto de la piscina, compromiso escrito de la existencia de, al menos, un teléfono móvil en el recinto de la piscina.
Nombre completo del encargado o de la empresa de mantenimiento, dirección y teléfono de contacto.
Relación de productos químicos (ficha técnica) que vayan a utilizar en el tratamiento del agua durante la temporada de apertura y de los productos que se hayan utilizado en el invernaje o recuperación, en el caso de que se haya sometido el agua del vaso a estos procesos.
Justificante de pago de la tasa de reapertura de piscinas 2010. La carta de pago se debe solicitar en el Servicio de Información Tributaria del Ayuntamiento.
En caso de que en su piscina se hayan detectado deficiencias durante la temporada anterior y en base a lo dispuesto en la legislación vigente, le informamos que es necesaria la subsanación de las mismas, presentando documentación que lo acredite antes de la apertura anual de la instalación.
Si su piscina ha sido sometida a tratamiento de invernaje durante el periodo de cierre de la instalación o precisa realizar la recuperación del agua del vaso mediante tratamiento de choque, deberá, antes de la reapertura anual realizar un análisis del agua del vaso para comprobar que los parámetros de calidad están dentro de los limites establecidos en el Anexo II del Decreto 80/1998 y presentar dichos análisis junto a la documentación de apertura de piscinas.
En el momento de la entrega del material completo se diligenciará el Libro de Registro, documento necesario y obligatorio sin el cual una piscina no puede estar abierta a los bañistas. Además, debe ser cumplimentado diariamente, estando en todo momento a disposición de las autoridades sanitarias.
El plazo de presentación del material es desde el próximo 17 de mayo hasta el 17 de junio de 2010 en las dependencias de la concejalía de Sanidad, situadas en la concejalía de Sanidad y Consumo. Camino de Alcorcón, 6. Teléfono: 91 799 26 93.
Ante la próxima reapertura de las piscinas comunitarias, la concejalía de Sanidad recuerda que para poder hacerlo, se debe cumplir con lo expuesto en el Decreto 80/1998 (B.O.C.M. 124 de 27 de mayo) que regula las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo.
Según lo decretado, es obligatorio que todos los años se presente, en el Ayuntamiento, la documentación necesaria que se expone en esta página, para la reapertura de las piscinas.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA:
- Contrato de socorrista y/o suplente, así como la documentación que les acredite como tales, acorde con lo dispuesto en la Orden 1319/2006 de 27 de Junio de la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad de Madrid. Para ello se deberá presentar el carné oficial homologado o, en su defecto, el certificado de inscripción en el "Registro de Profesionales Sanitarios" de la Agencia Laín Entralgo.
- Contrato del médico y/o D.U.E. si corresponde según la legislación vigente.
- Datos de las Comunidades de vecinos:
C.I.F. o N.I.F. de la Comunidad de vecinos.
Nombre, dirección, teléfono y D.N.I. del presidente de la Comunidad de vecinos.
Nmero de viviendas de la comunidad.
En las comunidades donde no haya un teléfono fijo en el recinto de la piscina, compromiso escrito de la existencia de, al menos, un teléfono móvil en el recinto de la piscina.
Nombre completo del encargado o de la empresa de mantenimiento, dirección y teléfono de contacto.
Relación de productos químicos (ficha técnica) que vayan a utilizar en el tratamiento del agua durante la temporada de apertura y de los productos que se hayan utilizado en el invernaje o recuperación, en el caso de que se haya sometido el agua del vaso a estos procesos.
Justificante de pago de la tasa de reapertura de piscinas 2010. La carta de pago se debe solicitar en el Servicio de Información Tributaria del Ayuntamiento.
En caso de que en su piscina se hayan detectado deficiencias durante la temporada anterior y en base a lo dispuesto en la legislación vigente, le informamos que es necesaria la subsanación de las mismas, presentando documentación que lo acredite antes de la apertura anual de la instalación.
Si su piscina ha sido sometida a tratamiento de invernaje durante el periodo de cierre de la instalación o precisa realizar la recuperación del agua del vaso mediante tratamiento de choque, deberá, antes de la reapertura anual realizar un análisis del agua del vaso para comprobar que los parámetros de calidad están dentro de los limites establecidos en el Anexo II del Decreto 80/1998 y presentar dichos análisis junto a la documentación de apertura de piscinas.
En el momento de la entrega del material completo se diligenciará el Libro de Registro, documento necesario y obligatorio sin el cual una piscina no puede estar abierta a los bañistas. Además, debe ser cumplimentado diariamente, estando en todo momento a disposición de las autoridades sanitarias.
El plazo de presentación del material es desde el próximo 17 de mayo hasta el 17 de junio de 2010 en las dependencias de la concejalía de Sanidad, situadas en la concejalía de Sanidad y Consumo. Camino de Alcorcón, 6. Teléfono: 91 799 26 93.
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